Las normas internacionales de información financiera (NIIF) para Venezuela, son medidas dictadas para su adopción por parte de las empresas pequeñas y medianas, las cuales se regirán bajo los parámetros de las mismas. Estas normas traen la necesidad de vincularse cercanamente a la normativa tributaria en el área del manejo de la contabilidad de los contribuyentes.
Son característicos de tratamientos que difieren las normas vigentes y admiten de otro tipo para valorar las transacciones y estimaciones económicas.
Los efectos tributarios de dichas hacen ver al estado como transmisor de las regulaciones contables. Pero es el caso de Venezuela donde es errada la intervención para la generación de Normas Contables.
La adopción de dichas normas no afectara el enriquecimiento neto, a fines tributarios. Salvo en el caso de los dividendos. El autor recalca que la adopción de las NIIF no va a afectar el resultado fiscal, a excepciones, en la tributaria. La autonomía de la Normativa Contable debe obtener una investigación más amplia en su tema ya que no se fundamenta del todo.
Una cosa lleva a la otra, ya que al adoptar dichas normas generaría un “aparente” cambio de la información contable y a su vez el cambio del resultado fiscal. Esto debe ser punto de un mejor análisis no solo a nivel local si no global.
Referencia de la Web:
PEÑA, Alirio. Efectos tributarios derivados de la adopción de las normas internacionales de información financiera. Caso: Venezuela
Link:http://www.saber.ula.ve/bitstream/123456789/17421/1/articulo5.pdf